Si se realiza una actividad laboral se puede dañar la salud. La salud es el estado completo de bienestar físico, mental y social.
La salud y el trabajo están interrelacionados ya que se influyen de manera positiva (recursos económicos y desarrollo de la persona) y de manera negativa (produce riesgos y puede producir daños a la salud)
La prevención de riesgos laborales es el conjunto de medida tomadas para evitar y disminuir los riesgos derivados del trabajo.
El riesgo laboral es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
Los daños derivados del trabajo son las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo del trabajo.
Una condición de trabajo es cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.
Un factor de riesgo es un determinado tipo de daño de aquella condición de trabajo que incrementa la probabilidad del daño. Clasificación:
-Condiciones de seguridad.
-Ambientales.
-Ergonómicos.
-Psicosociales.
La regulación de la prevención de riesgos laborales se encuentra en la Constitución Española en su articulo 40.02 que vela por la seguridad e higiene en el trabajo.
La Ley 3171995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales determina las obligaciones de loes empresarios y los derechos de los trabajadores. Objetivos:
-Proteger la seguridad y salud del trabajador.
-Eliminar o disminuir los riesgos.
-Proporcionar información a los trabajadores en materia preventiva.
Los daños derivados del trabajo son las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. Las patologías específicas del trabajo serían los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, mientras que las patologías inespecíficas del trabajo serían la fatiga, estrés, el envejecimiento prematuro y el burnout.
Los accidentes de trabajo son toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
-Lesión corporal: lesión física, psíquica o mental.
-Trabajar por cuenta ajena: la lesión debe padecerla un trabajador por cuenta ajena.
-Relación de causa-efecto entre el trabajo y la lesión.
Las enfermedades profesionales de un daño o alteración de la salud causado por las condiciones ambientales. Para que pueda darse debe cumplir dos parámetros:
-Que el trabajo sea por cuenta ajena.
-Que la enfermedad sea consecuencia del trabajo.
Tipos:
-Por agentes químicos.
-Por agentes físicos.
-Por agentes biológicos.
-Por inhalación de sustancias.
-Enfermedades en la piel por sustancias.
-Enfermedades profesionales causadas por agentes carcinógenos.
Otras patologías:
-Fatiga.
-Insatisfacción laboral.
-Estrés.
-Envejecimiento prematuro.
-Acoso laboral.
-Burnout.